La SCJN obliga a juzgar desapariciones de mujeres con perspectiva de género
El pleno de la Suprema Corte determinó que los jueces deben incorporar obligatoriamente la perspectiva de género e interseccionalidad en casos de desaparición de defensoras.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución histórica al establecer que los juzgadores tienen la obligación constitucional de aplicar la perspectiva de género y la interseccionalidad en todos los casos de desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos. Esta determinación subraya que el enfoque de género no es una opción discrecional para las autoridades judiciales, sino un mandato imperativo para garantizar el acceso a la justicia y la debida diligencia en las investigaciones penales. La decisión busca frenar la normalización de la violencia contra quienes ejercen labores de activismo en el país.
La sentencia destaca que el análisis de estos casos debe considerar las condiciones específicas de vulnerabilidad que enfrentan las mujeres defensoras debido a su labor de incidencia social y política. Al integrar la interseccionalidad, los jueces deberán evaluar cómo se cruzan factores como la identidad, el entorno social y las amenazas previas recibidas por las víctimas antes de su desaparición. Este criterio es fundamental para identificar patrones de violencia sistemática que a menudo son ignorados en investigaciones convencionales llevadas a cabo por las fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República.
Con esta medida, el Poder Judicial busca erradicar los sesgos que han dificultado la localización de víctimas y la sanción de los responsables. La Corte enfatizó que la falta de un enfoque diferenciado en las carpetas de investigación constituye una violación a los derechos humanos y una omisión grave por parte del Estado. Las autoridades ministeriales deberán, a partir de este momento, ajustar sus protocolos para asegurar que la perspectiva de género sea el eje central de cualquier proceso relacionado con la desaparición de activistas.
Organizaciones de la sociedad civil han señalado que esta resolución representa un avance en la protección de quienes defienden el territorio, los derechos de las mujeres y otras causas sociales en México. El fallo obliga a que el análisis de riesgo sea integral, reconociendo que la labor de defensa expone a las mujeres a formas particulares de represión. La SCJN ha dejado claro que la justicia debe ser capaz de ver las estructuras de poder que rodean a estas desapariciones para evitar la impunidad que ha prevalecido durante años en diversas entidades federativas.
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